Motiva pensar que vivimos en un mundo simple que únicamente necesita de buenas ideas que lo mejoren, porque si algo caracteriza a nuestro mundo es eso, la total libertad para ser mejorado. ¡Hagámoslo! Construyamos una sociedad igual para todos y sin engaños, de manera que sea un poco más justa para todos cada día. Cambiemos el mundo, aunque solo estemos basados en unas ilusiones infundadas.

Este blog se divide en Reflexiones, Protestas y Reformas
, con sus respectivas subdivisiones, todos estos, temas que podréis encontrar descritos en las pestañas de abajo y divididos en la parte derecha de la pantalla.

"Si puedes imaginarlo, puedes hacerlo." Walt Disney.

sábado, 23 de julio de 2011

¿Tienen propiedad nuestras ideas?

La base primera de este blog son las ideas, el idealismo, pero ¿qué pasa cuando queremos darle un nombre, un "de quién" a una idea? ¿Realmente tienen posesión nuestras ideas? ¿Podemos decir en realidad que una idea es "nuestra" porque haya salido de nosotros?

El término idea es algo, como casi todo, muy subjetivo, y ya no tanto por lo abstracta o terrenal que pueda parecer, sino porque surge de una mente concreta para, una vez se ha formulado mediante el lenguaje, pasar a estar presente en más mentes además de en la de origen. ¿Tiene derecho la primera mente a reclamar tal idea como suya?

La afirmación de esta pregunta es en la que se basan los principios más elementales del copyright y su consecuente problema con la adquisición ilegal de las "propiedades intelectuales". Parece bastante claro que el hecho de que un ingeniero idee un nuevo sistema de conversión energética o que un investigador descubra la vacuna contra el VIH va ligado con que reciban una cuantiosa recompensa por eso que ha salido de su mente. Sin embargo, si estamos en una clase y a un alumno se le ocurre una forma de copiar mejor los apuntes, o si a un amigo se le ocurre empezar a escribir un blog o una red social, este hecho parece cambiar . ¿Dónde está el límite entre mérito y egoísmo? ¿Podemos pensar que  si se nos ocurre algo en este mundo plagado de personas vamos a poder jugar con ventaja sobre todo el resto?

Personalmente pienso que no, las ideas no tienen propiedad. Aunque no es una afirmación total, pues se me genera la duda basada en que las mentes pensantes deben tener un reconocimiento que, en parte, estimule su acción.

¿Solución? No hay que tener miedo a que nos roben algo que ni siquiera sabemos si es nuestro, ¡porque puede llegar alguien que incluso lleve a cabo nuestra idea mejor que nosotros! Por tanto, pensemos, ideemos y avancemos en este mundo lleno de ideas por descubrir y por plasmar en la realidad.

Reforma del Sistema Político X - Senado

Artículo X: Reforma/supresión del Senado


(Artículo reformado. Reforma introducida entre "--")


El Senado español es un órgano de representación territorial oficialmente colegislativo junto con el Congreso de los Diputados, en la práctica es actualmente una cámara inútil, pues no tiene capacidad decisoria (palabras textuales de grandes teóricos del derecho internacional y constitucional como Maurice  Duverger, Georg Jellinec). La única función que posee el Senado es la de vetar propuestas provenientes del Congreso de los Diputados. Sin embargo, una vez vetadas estas propuestas pueden ser sometidas a votación de nuevo en el Congreso, en cuyo caso, si son nuevamente aceptadas, el Senado ya no tendría opción a veto. 


Esta cámara tiene su origen en la década de 1830, cuando la regente María Cristina, que gobernó en España durante la minoría de edad de Isabel II, creó una Cámara Baja (actual Congreso de los Diputados), representante del pueblo, y una Cámara Alta, donde estaban los “Grandes de España” y personas cercanas a la monarquía, encargadas de evitar o al menos posponer lo máximo posible las reformas emprendidas por la Cámara Baja. Tanto es así que el Senado ya se suprimió en 1931, durante la 2ª República. El Senado está compuesto normalmente por alrededor de 260 senadores, que con suplementos de manutención alcanzan salarios de 3.000€, sin contar con los casi 11.200€ del Presidente del Senado. A esto hay que sumar todos los gastos relacionados con el funcionamiento del esta Cámara, como los intérpretes que los nacionalistas quieren tener a su disposición (me ahorro comentar este hecho).


Por tanto, debemos elegir entre dos opciones. Podemos hacer como ya hizo la 2ª República en su momento, es decir, crear un poder legislativo monocameral centrado en el Congreso suprimiendo entonces el Senado; o bien podríamos optar por la opción de dar poder al Senado, aportando de esta manera una razón de existir de este órgano.


--Partimos de la premisa de que es necesaria una reforma urgente de la ley electoral. Una vez hubiera tenido lugar esta reforma, las fuerzas nacionalistas quedarían prácticamente excluidas del Congreso, sobre todo las vascas, por el bajo nivel de representación real que tienen a nivel de cantidad de personas dentro del conjunto nacional.


Pero bien es cierto que vascos y catalanes, así como el resto de regiones que así lo sientan, deben tener el derecho de expresarse libremente, así como de reclamar sus intereses y ser activamente escuchados. Para ello haríamos funcionar al Senado de una manera verdaderamente útil, aportándole el carácter de verdadera cámara de representación territorial, en la que se trataran los problemas de cada región y en la que se enviaran propuestas válidas al Congreso. 


Se tratarían problemas, pues, tanto regionales, como interregionales, como del Estado con una región o viceversa, como de una región con un ente extranacional o viceversa. En este nuevo Senado habría representantes tanto del Gobierno como de cada partido nacional presente en el Congreso, hecho que le haría gozar de un mayor dinamismo. De igual forma, este Senado debería tener alguna forma de unión o vinculación con el Congreso de los Diputados, para que no derivara en un hablar y hablar del Senado sin que nadie le hiciera caso. Por ejemplo, una forma de vinculación sería la incorporación de diecisiete diputados en el Congreso, cada uno representante de una Comunidad Autónoma y de éstas en el Senado, otra forma de unión sería la participación de representantes del Senado en un Pleno del Congreso regularmente, una vez cada dos semanas, por ejemplo.--

viernes, 15 de julio de 2011

Reforma del Sistema Político IX - Funcionariado

Artículo IX: Ajuste del sistema de rendimientos del sistema público


En este artículo se hace mención a los trabajadores del Estado, también llamados funcionarios.

Actualmente son muchas las diferencias que alejan al sistema público del privado, diferencias que llevan a generar la tan extendida creencia de: "si apruebo mis oposiciones tengo la vida resuelta". Y es que hoy en día si aprobamos unas oposiciones realmente tenemos la vida resuelta, pues accederemos a un puesto de trabajo que no nos obligará a tener un buen rendimiento y que muestra como absolutamente remota la posibilidad de despido.

Esto trae como consecuencia que haya dos tipos de funcionarios:

Por una parte unos que tratan de aprovechar esta situación a su favor para la tan extendida ley del mínimo esfuerzo. Desafortunadamente estamos hartos de ver casos como el de las grabaciones a funcionarios madrileños yendo al trabajo a fichar para a los cinco minutos marcharse a casa a seguir durmiendo o para irse a de compras. Esto es un ejemplo, se puede trabajar lo mismo que estas personas estando presente en todo momento.

Y por otra parte tenemos a los funcionarios que sí van a su puesto día tras día y se esfuerzan por dar el máximo de ellos mismos haciendo su trabajo y el de los que se rascan la barriga. Estas personas son las primeras perjudicadas por esta situación, ya que, además de puteados (disculpad la expresión) se encuentran desacreditados y vistos como holgazanes ante el resto de personas que no forman parte del sistema público.

Podemos extrapolar esta situación a la sanidad, seguro que conocéis a médicos de ambos tipos. Igualmente lo vemos en la educación, de hecho aquí es más evidente porque ¿cuál es el tópico de los profesores? Que no trabajan y tienen muchas vacaciones, pues bien, yo conozco a algunos que se salen de ahí y otros que entran de lleno, seguro que vosotros también. Lo mismo nos sucede con la administración, pensad en un burócrata del Estado, ¿qué se os viene a la cabeza? Por lo menos la imagen que me viene a mí no es justa con muchas de las personas que pueden ejercer esos puestos en realidad.

Agilicemos el sistema creando un sistema de rendimientos cercano al del sector privado, esto es, exijamos rendimientos a nuestros funcionarios al igual que se le exige a cualquier trabajador de una empresa privada,  únicamente equiparémoslo.

Para esto:

<<Se creará un órgano encargado de supervisar el rendimiento de los funcionarios de distintos sectores. Los trabajadores del Estado que no cumplan con los mínimos establecidos entrarán en un estado de aviso en el cual se deberá informar al trabajador de que su puesto está en riesgo. Si prolongadamente dicho trabajador hace caso omiso a estas advertencias, como último recurso el órgano competente procederá al despido de la persona según la legislación laboral vigente.>>


El objetivo de esta reforma es evitar que los funcionarios se relajen para que tengamos un sector público más ágil, eficiente y dinámico, de forma que trabajar para el Estado no simbolice una seguridad a cualquier coste y que el reparto de tareas y rendimientos sea más justo y equitativo entre todos, evitando la división que previamente he realizado.

Ya he escuchado algunas reformas similares que se intentan o se han intentado llevar a cabo, así como sé que ya existe actualmente una inspección encargada de tareas similares a las mencionadas. Lo primero no hace sino confirmar la necesidad de esta acción, lo segundo nos informa de que el sistema requiere una reforma, no una reconstrucción, ya que, si bien ya existe algo parecido, debe mejorarse.

Reforma del Sistema Político VIII - Democratización

Artículo VIII: Democratización del Sistema


Este artículo tiene bastante que ver con el Movimiento 15-M, si bien fue escrito antes de que se produjera este hecho, en concreto en Noviembre o Diciembre de 2010, si no recuerdo mal.

Nuestro actual sistema no es una democracia real, sino representativa, ya que nosotros nos limitamos a elegir a un determinado partido político o a otro diferente, por lo que lo único que nos une a las personas que nos gobiernan es un día de cada 1461, es decir, de cada cuatro años, dejándole de ahí en adelante total libertad para legislar a placer siempre y cuando lleguen a un acuerdo con algún partido para obtener mayoría en el Congreso, a no ser, claro, que dispongan de mayoría absoluta, en cuyo caso la libertad del partido en el poder es, como ya dice la expresión, absoluta, similar al poder de los reyes absolutos, valga la redundancia, del antigua régimen, con la única diferencia de que en nuestro caso los Gobiernos deben obedecer el marco constitucional. La democracia es el gobierno del pueblo, o al menos así se nos ha enseñado siempre en la escuela desde bien pequeñitos, ¡quiere decir el poder (kratos) del pueblo (demos) en griego clásico!. Pues bien, para que esto sea realmente verdad, debemos democratizar nuestra democracia, ya que de lo contrario es cierto que disfrutamos de una democracia, aunque parcial, bastante recortada y aceptada bajo el nombre de participativa.

Es imposible que un país de 47 millones de personas se encuentre correctamente representado por 350 de esas personas (número de diputados en el Congreso). La clase política debe consultar al pueblo su opinión sobre las decisiones que toma, y esto es posible mediante la celebración de referéndums ver artículo XI. Ayer escuché que desde la década de los ochenta se han celebrado en Suecia más de cincuenta consultas al pueblo, mientras que en España solo dos.

Por tanto:
      <<Periódicamente (anualmente, por ejemplo) se realizarán referéndums para conocer la opinión del pueblo. Tratarán sobre las principales cuestiones que el Gobierno planea modificar y sobre las principales leyes que éste se dispone a plantear.>>

Este hecho podría convertirse en un obstáculo muy molesto para el Gobierno que pudiera impedir y limitar la actuación de éste en cuestiones de importancia si se diera simplemente la negativa a las actuaciones que el ejecutivo pretendiera llevar a cabo. Para evitar este hecho especificamos una modificación del sistema de referéndum, que hacemos constar en el artículo XI de la Reforma del sistema político.

Reforma del Sistema Político VII - Pagas

Artículo VII: Eliminación de las pagas vitalicias

No hace mucho tiempo tuvo lugar un gran revuelo por la ley que decretaba que para alcanzar la pensión máxima por jubilación deberíamos alcanzar los 67 años y deberíamos cotizar 38 y medio, y es normal, porque parece que hay una pequeña minoría gobernante que no se deja llevar por las mismas reglas que el resto de humildes trabajadores. Y es que, mientras todos los ciudadanos debemos cotizar todos estos años, a un político le basta con ejercer 7 años de cargo en el Congreso, o bien toparse con la fortuna y llegar a ser ministro, ya que, en ambos casos, al sobrepasar la edad de jubilación forzosa habiendo disfrutado de una retribución mensual, estas personas pasan a tener pagas vitalicias, las cuales tienen lugar hasta la muerte de la persona.

Esta situación llevamos arrastrando desde la Transición, regalando más y más pagas vitalicias a cada ministro que pasa por el Gobierno y a cada diputado que trabaja "para nosotros", ya no solo los del Congreso de los Diputados y el Senado, sino los de todas las cámaras autonómicas. Esta situación tenemos mientras el Gobierno hace recortes sociales y alarga la edad de jubilación. Esta situación es, sencillamente, insostenible.

Las pagas a políticos representan un elevado coste para el Estado, cantidad que podría emplearse en diversas cuestiones (construcción de carreteras, hospitales, colegios; fomento del empleo, créditos a pymes; inversión en I+D+i... etc).

Por tanto:

      <<Quedarán abolidas las pagas del Estado a políticos una vez estos se retiren del cargo, equiparándose, de tal manera, a las jubilaciones de cualquier otro puesto de trabajo. Durante el período de servicio político a la sociedad sí se obtendrá un salario y se cotizará a la Seguridad Social, equiparándose al resto de los funcionarios que trabajan para el Estado.>>


PD: No estoy totalmente seguro de los datos exactos de esta entrada, pues desconfío de las fuentes que utilizo, básicamente, internet (ya se sabe que esta herramienta es capaz tanto de lo mejor como de lo peor). Continúo informándome, por lo que cualquier información será de ayuda, aún necesito conocer más sobre la legislación actual.

viernes, 8 de julio de 2011

Reforma del Sistema Político VI - Sueldo político

Artículo VI: Regulación del salario de los políticos


Últimamente vengo leyendo en diarios digitales casi día tras día cómo alcaldes de toda España acompañan sus medidas de recorte social y sus políticas económicas austeras con una subida del salario personal para su uso y disfrute en detrimento de la calidad de vida de todos. Este hecho puede resultar insignificante cuando se da en una ocasión, pero peligrosamente grave cuando tiene el volumen con el que nos encontramos actualmente. He aquí algunos datos que pueden resultar de interés.


No tiene lógica que todas estas personas, y en especial los alcaldes por su mayor anonimato, tengan libertad para autofijarse el salario que más les plazca. Dicho salario debe ser regulado por alguien con el mismo criterio para todo el conjunto nacional.

Por tanto: 

      <<El sueldo de alcaldes y presidentes tanto de diputaciones como de comunidades autónomas quedará regulado de la misma forma, es decir, con el mismo monto, por el Gobierno Central y para todo el conjunto del país. Por su parte, el salario de concejales y consejeros, aun fijado por cada ayuntamiento o comunidad, no podrá en ningún caso superar el del alcalde de dicho ayuntamiento o el presidente de dicha comunidad.>>

¿Qué conseguimos con esto? Conseguimos que todos los alcaldes y presidentes de delegaciones y comunidades de España cobren lo mismo, según un salario fijado por el Gobierno Central. El hecho de que el Gobierno fije los salarios de estas instituciones en todo el país imposibilita el hipotético caso de que se establezcan favores a tales o cuales ayuntamientos o juntas por el partido que las preside. Por otra parte, con la segunda parte de la reforma establecemos un límite máximo en el salario de concejales y consejeros, de manera que sus sueldos queden establecidos por el alcalde o presidente en competencia pero debiendo ceñirse a un marco predefinido. Además, se presupone que el salario que establecerá el Gobierno entrará dentro de los límites de la lógica (no como ocurre actualmente), ya que dicho salario tendrá una gran repercusión social a nivel de medios por significar el sueldo de todos los políticos del país.


Reforma del Sistema Político V - Requisitos

Artículo V: Requisitos para ejercer la política


Es bien sabido que cada cargo político, ya sea dentro del Gobierno Central, de las autonomías, de las delegaciones o de los ayuntamientos, requiere una serie de conocimientos para lograr el correcto funcionamiento de todo el sistema y conseguir una eficiente gestión. De esta manera, un experimentado agricultor no debería ejercer el puesto de ministro de Asuntos Exteriores o de Defensa, sino el de Agricultura, Pesca y Alimentación. No me refiero a tal restricción por la ausencia de nivel formativo, es decir, por no tener estudios estandarizados, sino por no tener relación su área de conocimiento con la tarea que desempeña. Y es que, de la misma forma, un juez no debería dedicarse al ministerio de Medio Ambiente, sino al de Justicia.

Investigando un poco sobre la cualificación de nuestros ministros he indagado y me he sorprendido al conocer que casi la totalidad de ell@s tienen como única cualificación la carrera de derecho, excepciones aparte como las de Cristina Garmendia, ministra de Ciencia e Innovación y doctorada en biología molecular, y Leire Pajín, ministra de Sanidad, Política social e Igualdad y licenciada en sociología (aunque creo que escuché hace algún tiempo que ni siquiera había terminado aún sus estudios). Más allá de esto encontramos como mujeres tales como Carme Chacó y Rosa Aguilar, ambas licenciadas en derecho, ocupan las carteras ministeriales de Defensa y Medio Ambiente, respectivamente. ¿Realmente nuestros ministros conocen la realidad de las materias sobre las que legislan?

Los cargos políticos, y es especial los de ministro por su mayor relevancia en el ámbito nacional, necesitan personas expertas en el campo que se vaya a tratar.

Por tanto:


      <<Para ejercer cada cargo político deberán establecerse una serie de requisitos que establezcan una relación entre el área a tratar por el cargo y la experiencia/cualificación de la persona, requisitos que serán más elevados dependiendo del cargo. Los mayores estarán otorgados a los ministros del Gobierno Central y los más básicos para los concejales.>>


La naturaleza de tales requisitos está aún por determinar, ya que no se me ha ocurrido de momento un standart común para establecerlos.

miércoles, 6 de julio de 2011

Reforma del Sistema Político IV - Vida profesional

Artículo IV: Sobre la vida profesional de los políticos


Dentro de la condición humana se encuentra la cualidad de no morder la mano que nos da de comer. En el caso de los políticos, esta mano somos todos nosotros, los contribuyentes, lo que explica el tan ferviente amor de estas personas al poder. Este artículo, así como el VI, tiene como meta modificar este hecho.

El artículo IV se encuentra en torno a la afirmación de que la única fuente de ingresos dentro de la vida profesional de un político no puede ser en ningún caso la misma política, pues se genera de esta forma una dependencia y miedo a perderla que nos lleva a aferrarnos como a un clavo ardiendo a esta actividad, a cualquier precio. Los aspirantes a políticos deberán contar con una carrera profesional previa al cargo, la cual se verá retomada o sustituida a la conclusión de éste. No queremos políticos de profesión que abandonen los estudios a los dieciséis años para introducirse en un partido y durar chupando del bote dentro de éste toda su vida. No queremos parásitos, queremos que la política sea una actividad dinámica en la cual participe el pueblo, no una constante minoría circulante que personalmente me recuerda a la de cierto programa televisivo de la cadena de la mala rima.

Por tanto:


  <<Toda persona que se quiera dedicar a la política deberá avalar que durante un cierto tiempo se ha dedicado a una actividad profesional ajena a ésta. Respecto a esta actividad la política significará un paréntesis el cual, una vez concluido, retornará en la actividad anterior o en su defecto en otra diferente.>>

martes, 5 de julio de 2011

Reforma del Sistema Político III - Ley electoral

Artículo III: Reforma de la ley electoral

Esta reforma corresponde a la Reforma de la Ley Electoral, que a su vez se encuentra enmarcada y condiciona nuestro entramado político. España cuenta con dos cámaras de representación popular y discusión, una cámara baja, el congreso de los diputados, que representa el verdadero poder legislativo; y una cámara alta, el senado, órgano de representación territorial. El método que se utiliza actualmente para designar a las personas que ocupan puestos en estas cámaras es el sistema D'HondtExplicación gráfica de este sistema, Información sobre este sistema ), método de recuento electoral que favorece a las grandes mayorías. Sintetizando, expliquemos las consecuencias de la aplicación de este sistema:

El marco político español, como bien sabemos todos, se encuentra marcado por dos grandes partidos que se suceden las mayorías, las cuales, cuando no absolutas, gozan de un amplio margen. Estos dos grandes partidos, PP y PSOE, son los primeros beneficiados por el sistema D'Hondt, pues obtienen mayorías a nivel nacional, mayorías que se ven amplificadas en el número de escaños que representan en el Congreso. Los segundos beneficiados de este método son los otros partidos que obtienen mayorías, en este caso a nivel autonómico, es decir, los partidos nacionalistas (CiU, PNV, ERC, BNG, CC, NB...) , en detrimento de partidos que no obtienen mayoría en ningún lugar del país pero a nivel estatal tienen una gran importancia en votos (IU y UPyD), ya que los escaños son designados no según los resultados obtenidos a nivel nacional, sino autonómico. Por tanto, acabamos observando como, con muchos menos votos, partidos nacionalistas acaban obteniendo un nivel de participación en el Congreso mucho mayor que partidos "minoritarios" de corte estatal. Por si no quedara claro este hecho, podéis ver dos ejemplos de en qué consiste el sistema D'Hondt: Ejemplo 1, Ejemplo 2.


Con esta información podemos determinar que este método de recuento es perjudicial para nuestro país, pues agrava la bipolaridad y el poder de negociación de los partidos nacionalistas.

Por tanto:

  <<El sistema D'Hondt de recuento electoral será sustituido por un sistema de recuento estrictamente proporcional al número de votos obtenidos a nivel nacional, sin tener en cuenta la procedencia geográfica de dichos votos.>>